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RLC (2016-01-19) El funcionamiento de la Monarquía de Partidos

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Descripción de RLC (2016-01-19) El funcionamiento de la Monarquía de Partidos

economía política Trevijano


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Comentarios

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José Carlos García

Helena, te agradecería que no me borrasen los comentarios,, ya que veo que tú eres la encargada. Si lo haceis te pido que me des una explicación. Yo no soy ningún Troll y me parece un abuso de poder. Al menos hay uno borrado. Me gusta meterles caña alos trolls, tipo Cid, desde mis años de antionacionalista. No creo que use términos insultates, más bien busco en mí interior.

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Jungarian Rhapsody

Carlos, la política es una "ciencia social" con esto digo algo y todo, a buen entendedor.... entre las miles de discusiones sobre diferentes politólogos, historiadores, filósofos.. el acuerdo en alguna de las características que hacen que una democracia se la considere liberal es que contemple la forma de representación, una serie de derechos....... Estas nacen en su mayoría después de las revoluciones burguesas (liberales), pero vamos algún apunte sobre el tema: https://es.wikipedia.org/wiki/Democracia_liberal. Para mi el llegar a este tipo de democracias, como estas se fundamentan, como se organizan..... no es algo neutral, sino muestran los intereses de quien fundaron dichas democracias en las diferentes naciones, aunque no sea algo monolítico y por una seria de circunstancias se den cambios y transformaciones dentro de ella. Pero como he dicho no es algo neutral y responde a los intereses de quien las elabora, modifica, por eso comente lo de Locke, en estas constituciones entre sus derechos se incluye el de propiedad privada, pero muy diferente a la formulas de propiedad que había en el pasado y que incluso Locke contemplaba. Y la pregunta no viene nada mal hay un gran articulo de Varoufakis que como muchos historiadores, pensadores, politólogos la elecciones de las diferentes "democracias" su forma organizarse, de reglamentarse y las creaciones de muchas constituciones, no han sido formuladas para el bien común aristotélico, sino responden a un interés de clase........"En el caso de la democracia estadounidense, si lees El Federalista y a Alexander Hamilton, te darás cuenta de que se trataba de un intento de contener la democracia, no de impulsarla. La idea detrás de una democracia representativa era que los mercaderes representaran al resto, ya que se consideraba que la plebe no estaba a la altura de poder decidir importantes asuntos de Estado." " La Revolución Gloriosa de 1688 perseguía imponer restricciones al poder de la monarquía como consecuencia de unas serie de enfrentamientos entre los barones y el rey. Las reformas posteriores fueron fruto de conflictos entre los aristócratas y los mercaderes y, después, entre los comerciantes y la clase trabajadora. Así es como se desarrolla un Estado normal y así fue como se materializaron las democracias liberales." LOS ENEMIGOS DE LA DEMOCRACIA HAN SIDO Y SON LOS QUE TIENEN PODER ECONÓMICO", Varoufakis http://www.publico.es/internacional/varoufakis-establishment-democracia-amenazada.html ...Mas sobre lo que comento: ESTADO MODERNO IV -ORIGEN DEL PARLAMENTARISMO Y LA IDEA DE REPRESENTACIÓN entrevista a Maria Antonia Peña Guerrero Catedrática de Historia contemporánea de la Universidad de Huelva, especializada en el estudio del desarrollo de la legislación electoral durante el siglo XIX. http://www.ivoox.com/ldd-estado-moderno-iv-origen-del-audios-mp3_rf_9382153_1.html ... Y como comente Carlos cuando hablamos de política como ciencia social que es. Los términos son complejos difíciles de analizar y hay también va con el tema de "liberal" o "liberalismo... para que Rompetechos aprenda un poquito que nunca viene mal le voy a poner un documental de historia y así sabe de donde nace el termino "liberal"... y de paso repasa un periodo de historia que es imprescindible para conocer la realidad en la que nos envolvemos en esta pequeña región denominada en los mapas como España, lo que pasa que son unos cuantos capítulos, pero vamos allá con uno de ellos: TEMA 2- LA PRIMERA FASE DE LA REVOLUCION LIBERAL . (1808-1814).wmv https://www.youtube.com/watch?v=UE0w_maKlxo

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jungarin podrias mencionar un ejemplo de constitucion de corte liberal?

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Jungarian Rhapsody

Rompetechos partimos diferentes bases, yo del la Libertad y conato de la multitud en Spinoza por ejemplo y en tu caso.. pero como no nos vamos a poner de acurdo dejémoslo. Cuando hablo de constituciones me refiero a las "democracias liberales" por lo tanto representativas, su separación de poderes, derechos, etc.... y esto es discutible punto, por punto.... y hay esta toda la bibliografía extensa sobre el tema en el que no se ponen de acuerdo o discuten sobre su concepción, historia..... filósofos, historiadores.... pero vamos que a lo que iba, solo me interés la opinión de como evoluciona la figura de fideicomiso hasta Locke y como desaparece esta concepción de la propiedad actual reflejada en las diferentes constituciones de corte "liberal", y la observación del Sr Trevijano, este después yo de acuerdo o no con ella, o simplemente vea otro enfoque sobre el tema. nada mas.

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Jungarian Rhapsody

El demos, el pueblo, la multitud cual tiene realmente el poder será el que tendrá que decidir su forma de organización...... Pero es largo de exponer, Sigo diciendo me interesa la opinión de Trevijano de la figura de fideicomiso de como evoluciono del derecho del Imperio Romano, como lo Tomo Locke y la ANOMALIA que recogieron las democracias "liberales" recogiendo la propiedad privada pero olvidándose del tema fiduciario. Si quieres saber del tema te pongo links por si tienes curiosidad sobre ello.

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O te refieres a que juntemos a 40 millones de españoles para que escriban una constitución? ¿Cómo puedes llamar "padres fundadores de la constitución española" a cinco tíos reunidos en secreto en un despacho? Y peor aún, como puedes comparar eso con la categoría y admirable visión del estado de figuras como Jefferson?? No tienes un criterio ni argumento sólido en el que sustentar tus ideas (si es que tienes alguna). Porque para empezar no sabes lo que es liberal. Usas la palabra de forma arbitraria y sin distinción alguna. En Inglaterra por ejemplo, el liberalismo político tiene más fuerza que aquí, sin embargo allí no hay constitución . En España jamás ha existido el liberalismo y tampoco tenemos constitución. De que "constituciones liberales hablas"?? Y en oposición a que otras? Pon algún ejemplo de constitución que tú consideres "no liberal"

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Pero es que sigo sin entender a qué "constituciones liberales" te refieres. Lo que hay en España NO es una constitución pues no separa los poderes. Si usas un término como "liberal" para adjetivar una constitución lo que estás es aceptando que una constitución es una doctrina ideológica cuando no es así. La constitución establece un marco de igualdad jurídica, de separación de los poderes y establece el sistema de elección y representación. No puedes mezclar eso con las estrategias ideológicas que se establezcan dentro de ese marco. En caso de no hacerlo así, estarás haciendo un documento que puede ser muchas cosas pero no una constitución. Si lo que buscas es un papel con desigualdad de condiciones determinada por castas, clases sociales o cualquier otra categorizacion, acabarás cayendo en el totalitarismo o en la falsedad como ocurre con la pamema que tenemos y que sirve porque no se cumple

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Jungarian Rhapsody

Vamos a ver, no estoy a favor de la ILEGITIMA constitución Española, ni siquiera del resto de constituciones "liberales" en su mayoría, porque no han salido de la comunidad o el pueblo. Todas ellas han sido elaboradas ya sean por los "padres" de la constitución Española, o por los "padres" fundadores de EEUU y repito no han salido del DEMOS, al igual que dice una y otra vez el filosofo e historiador Enrique Dussel. Quizá estemos de acuerdo tanto tu como yo en abrir un periodo constituyente en el que la constitución emane del pueblo, de la comunidad, de la multitud (termino de Spinoza y de Negri), pero no esta nada mal estudiar un asunto que ha competido a todas las constituciones como es el de la propiedad privada, y ver su evolución, como a llegado a la figura actual ---un poco como juego de cartas marcadas.---- Pero si quieres puedo ponerte diferentes programas de Historiadores que hablan como se han desarrollado estos sucesos, o libros de diferentes personas eruditas en el tema. Que no solo existe Trevijano para dar cátedra, del cual solo quería conocer su opinión, como la de muchos otros.

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Acabáramos Jungarian, o sea que al final tu referencia es la pila de papeles que en España llaman constitución? A eso querías llegar? A la reforma? Pero para esto no hay falta ni traer a Locke ni hablar de "democracias liberales", bastaba con decir que tu gran idea es una reforma de la monarquía de partidos

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Jungarian Rhapsody

Simbolicocondedearanda, Claro que tiene consecuencias en la vida actual. Lo que se contempla ya sea la propiedad como se contemplaba en el imperio Romano y sus LIMITACIONES (Limitaciones de la propiedad romana, Limitaciones del Derecho Público. Limitaciones de Derecho Privado, Limitaciones por exigencias Morales, Limitaciones por causa de vecindad, Limitaciones por concepto de Copropietario.....) que luego Locke hereda en algún sentido en su derecho a la propiedad que traslada por influencia a diferentes constituciones, aunque Locke habla también de LIMITACIONES. Incluso no se, en el resto de constituciones contempla algo de estas LIMITACIONES en el derecho a la propiedad, pero la constitución Española SI, no se si por influencia lockeana o por otro tipo de influencias hay un articulo bastante curioso. El articulo Artículo 128: 1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general. 2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante Ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general...... ¿No hay cambios significativos, si se aplicara los limites a la propiedad privada contemplados en el Derecho Romano, en los limites lockianos, o el mismo articulo 128 de la constitución Española?.........La Propiedad en Roma:http://www.monografias.com/trabajos35/propiedad-roma/propiedad-roma.shtml

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