Ya estamos a muy poco tiempo de las elecciones correspondientes al 2.019, contándose con los nombres de infinidad de candidatos que se inscribieron con los avales de los Partidos y los que recogiendo firmas, también pretenden salir airosos el 27 de octubre.
Sin embargo, por cantidades astronómicas, son muchos los anuncios sobre la existencia de aspirantes que por no cumplir los requisitos, los pondrán en aprietos con las “Revocatorias de Inscripción” que constitucionalmente caerán como la lluvia, sobre los inmersos en esas falencias.
De esta manera los candidatos que por falta del cumplimiento de las exigencia legales o por estar “salpicados” con alguna causal de inhabilidad, se les empieza a “dañar el caminado”,
Las acusaciones se pueden presentar ante los funcionarios de las Registradurías, los Personeros o la Procuraduría, adjuntando fotografías, videos, Registros y Copias de los documentos que sirvan como evidencias para sustentar las respectivas querellas, advirtiéndose que los procesos cursarán con mayor celeridad, si directamente se dejan en manos del “Consejo Nacional Electoral”, entidad que máximo faltando un mes para las elecciones, deberá publicar los nombres de los Candidatos afectados por la “revocatoria” de sus inscripciones.
Consultado el “constitucionalista”, Carlos Alfaro Fonseca, sobre los casos de los Candidatos que comenzaron acudiendo a la Registraduría para que recogiendo firmas se les avalara, pero porque algo pasó y no pudieron cumplir con la norma, entonces resultaron anunciando que aspirarán con el “aval” del Partido o Movimiento que en últimas los respaldó, pues siendo esto ilegal, deberán atenerse a las tristes consecuencias de NO ser aceptados como aspirantes y, colorín colorado sus candidaturas se habrían acabado.
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